La tenencia de mascotas en condominios muchas veces ha sido un problema para el comité de administración, el reglamento interno establecido o para otros copropietarios. Lo que si es un hecho es que se han impuesto multas no validas por la tenencia de mascotas o animales de compañías en condominios. Lo que ha sido un error cometido durante muchos años, aunque puede ser muy buenas las intensiones no lo es para todos. Ya que, lo que puede ser beneficioso para uno, puede perjudicar a otros vecinos. Pero con las normativas adecuadas, haciéndose cumplir, no hay la necesidad de generarse un problema.
Debido a esta problemática, mediante quejas y abusos, la nueva ley de copropiedad deja muy claro lo que expresa sobre la tenencia de mascotas y animales de compañías. Y, en este articulo te aclaramos algunas dudas que puedas estar presentando. Por otro lado, responderemos a preguntas frecuentes que no han tenido respuestas durante mucho tiempo y nosotros aquí te lo contaremos todo.
El hecho de que ahora esté establecido legalmente la tenencia de mascotas es importante destacar que debe hacerse responsablemente. Ya que, el tener mascotas conlleva a un cuidado tanto del animal como de las áreas comunes. Lo más correcto es que el propietario de la mascota sea consciente y responsable en todos los aspectos. Así como se le permiten los derechos de poder tenerlos, es su deber cuidar del lugar en donde reside y garantizar espacios seguros y limpios para todos.
¿Por qué se prohibía la tenencia de mascotas en condominios?

Muchas veces la prohibición de mascota en los condominios se pudo dar por que existen propietarios de animales irresponsables. Esto porque no tienen un cuidado con ellos y con las áreas comunes. Dando como resultado o generando consecuencias que el depósito de estos animales quede en las áreas verdes contaminando los espacios.
Ha sido una situación complicada, ya que, hay niños que juegan en las áreas comunes y se ven expuestos.
Por otro lado. si no tienen a un animal con los cuidados necesarios podría comprometer a otras personas. Por lo tanto, se pueden establecer normativas y condiciones para que se pueda vivir en armonía junto a copropietarios con animales.
¿Cuáles serian las condiciones de la tenencia de mascotas?
Imponerse las limitaciones que estimen convenientes, siempre que no sean contrarias al ejercicio legítimo de cualquier otro derecho y a las disposiciones legales.
El reglamento de copropiedad no podrá prohibir la tenencia de mascotas y animales de compañía por parte de copropietarios, arrendatarios u ocupantes del condominio, dentro de las respectivas unidades.

Se podrá establecer limitaciones y restricciones respecto al uso de los bienes comunes por parte de dichos animales. Con el objeto de no perturbar la tranquilidad ni comprometer la seguridad, salubridad y habitabilidad del condominio.
Debe dejarse claro en el reglamento y por parte de los copropietarios que, cada vez que bajen a sus mascotas cuenten con sus respectivas bolsas para recoger las heces. Asimismo, ellos realizar cualquiera de sus necesidades en espacios al aire libre sin perjudicar los espacios constante tránsito.
Además, se debe tomar en cuenta el ruido para no perturbar a los vecinos en el horario de descanso por el cual es importante que conozca que dice la ley sobre eso. Si tiene una mascota que pasa toda la noche ladrando esta perturbando la tranquilidad de los demás vecinos. Si su mascota está o no entrenada, debe llevarla con su respectiva cadena o equipaje de traslado para no comprometer la seguridad de otras personas o de que puedan generar daños en el recinto.
¿Cómo podría mi mascota comprometer la seguridad de los habitantes del condominio?

Es simple, se trata especialmente de especímenes caninos calificados como potencialmente peligrosos. Respecto de los cuales son plenamente aplicables las medidas especiales de seguridad y protección. Y, las condiciones especiales de tenencia contenidas en el artículo 6° de la ley N° 21.020.
Además, si no es una mascota controlada puede dañar los bienes comunes si usted no esta al tanto cuando lo disponga a pasear en las áreas comunes.
¿Me pueden multar se incumplo la normativa sobre las condiciones de la tenencia de mascotas?
Por su puesto que sí, en los casos en que el responsable del animal no se ajuste a las normas de tenencia responsable. Por lo tanto, el juez tiene amplias facultades para hacer cumplir la ley y resolver el asunto mediante la imposición de multas múltiples. O, si el propietario se negare a cumplir la orden judicial, determinando la deportación del animal por la acción de los Carabineros.
Por lo tanto, en sentido estricto, las mascotas o animales de compañía siguen siendo bienes y propiedad del propietario, así que, no se puede prohibir tener una mascota. Se regula la “convivencia” de copropietarios.
¿Todas las condiciones quedaran explicitas en el reglamento?
La Ley indica que será el comité de administración quien reglamente si se pueden usar o no los espacios comunes, así como todo lo que se cree conveniente pata todos. Además, serán ellas mismas las que podrán decidir las reglas a seguir en espacios comunes para resguardar la seguridad. Esto especialmente tratándose de especímenes calificados como altamente peligrosos.
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Buenos días. Tengo la duda de si es factible que el condominio donde arriendo no me prohíba tener mascota pero si el dueño del departamento que arriendo?
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